lunes, 21 de abril de 2014

LIBERTAD DE CULPA

LIBERTAD DE CULPA

REDACCION II                                                                                                                 Lic. Andres Gomez


LIBERTAD DE CULPA

El culto o la libertad de creencia o inclinación religiosa es un derecho fundamental establecido en el artículo 18 de la Declaración  Universal de los derechos humanos, nosotros somos quienes decidimos sobre lo que creemos y si lo cambiamos o divulgamos de forma pública. Nuestra Constitución que considera a nuestro país como un Estado Laico en el artículo 4  indica claramente que el “Estado respeta y garantiza la libertad de religión y creencias espirituales, de acuerdo con sus cosmovisiones. El Estado es independiente de la religión”.

El presidente Evo Morales en un encuentro de la Iglesia evangélica en el departamento de Oruro, recordó ante unas 20.000personas que la libertad de pensamiento es la mejor garantía para  la democracia religiosa de nuestro país; pero cual la necesidad de expresar este tipo de discursos cuando en algún momento se atacó a la iglesia católica.

Hoy en día la libertad religiosa se establece por las costumbres familiares y sociales. Además las situaciones de discriminación religiosa o intolerancia religiosa son muy comunes en nuestro país. Entonces reflexionemos un poco, nuestros gobernantes y nosotros somos libres al momento de demostrar nuestra inclinación religiosa o al momento de expresar nuestras creencias.

En esta semana santa recordar la pasión y muerte de Jesús de Nazareth es el sentimiento común que une al pueblo de cristianos, evangélicos y católicos que viven la devoción. Entonces creamos o no, nos hayan enseñado o no, es momento de sostener algo en nuestras manos y golpearnos en el pecho, por nuestra libertad de culpa.
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Adrian Percio Huanca Valdiviezo
Estudiante de la Carrera de Comunicación Social
SEUDONIMO: PINO OPINA

3 comentarios:

  1. Algunas sugerencias:

    El la libertad de culto es un derecho fundamental establecido en el artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Nosotros somos quienes decidimos sobre lo que creemos y si cambiamos o lo divulgamos de forma pública. La Constitución, que considera a Bolivia como un Estado Laico, establece claramente en el artículo 4 que el “Estado respeta y garantiza la libertad de religión y creencias espirituales, de acuerdo con sus cosmovisiones". Es más, agrega que "el Estado es independiente de la religión”.

    Por favor tómalas en cuenta en tus próximos artículos.

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  2. Adrián, faltan artículos sobre el Mar, las FFAA...

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  3. CREO LICENCIADO QUE LO CARGUE MAL MIS ARTICULOS DE OPINION, GRACIAS POR LA OBSERVACION
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