REDACCION II Lic.
Andres Gomez
LIBERTAD DE
CULPA
El
culto o la libertad de creencia o inclinación religiosa es un derecho fundamental
establecido en el artículo 18 de la Declaración Universal de los derechos humanos, nosotros
somos quienes decidimos sobre lo que creemos y si lo cambiamos o divulgamos de
forma pública. Nuestra Constitución que considera a nuestro país como un Estado
Laico en el artículo 4 indica claramente
que el “Estado
respeta y garantiza la libertad de religión y creencias espirituales, de
acuerdo con sus cosmovisiones. El Estado es independiente de la religión”.
El presidente Evo Morales en un encuentro de la
Iglesia evangélica en el departamento de Oruro, recordó ante unas 20.000personas
que la libertad de pensamiento es la mejor garantía para la democracia religiosa de nuestro país; pero
cual la necesidad de expresar este tipo de discursos cuando en algún momento se
atacó a la iglesia católica.
Hoy en día la libertad religiosa se establece por las
costumbres familiares y sociales. Además las situaciones de discriminación
religiosa o intolerancia religiosa son muy comunes en nuestro país. Entonces reflexionemos
un poco, nuestros gobernantes y nosotros somos libres al momento de demostrar
nuestra inclinación religiosa o al momento de expresar nuestras creencias.
En esta semana santa recordar la pasión y muerte de
Jesús de Nazareth es el sentimiento común que une al pueblo de cristianos,
evangélicos y católicos que viven la devoción. Entonces creamos o no, nos hayan
enseñado o no, es momento de sostener algo en nuestras manos y golpearnos en el
pecho, por nuestra libertad de culpa.
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Adrian Percio Huanca Valdiviezo
Estudiante
de la Carrera de Comunicación Social
SEUDONIMO:
PINO OPINA